Modifican Ley 30370 – Pago de inmuebles mayores a 3 UIT
Se ha dictado una ley que modifica artículos del Texto Único Ordenado de la “Ley para la Lucha contra la Evasión y para la Formalización de la Economía” y de la “Ley General de Aduanas”.
El 20 de febrero de 2018 se promulgó la Ley N° 30730 “Ley que modifica los artículos 3, 5 y 7 del Decreto Supremo 150-2007-EF, Texto Único Ordenado de la Ley para la Lucha contra la Evasión y para la Formalización de la Economía, y los artículos 16 y 192 del Decreto Legislativo 1053, Ley General de Aduanas”.
En cuanto a la modificación del Decreto Supremo 150-2007-EF, se reguló los medios de pago (a ser realizados mediante empresas del Sistema Financiero) que deberán ser empleados en los siguientes supuestos:
• En el pago de obligaciones cuyo importe sea superior al monto de tres mil quinientos soles (S/ 3,500) o mil dólares americanos (US$ 1,000).
• En la entrega o devolución de montos de dinero por concepto de mutuos de dinero, independientemente del monto del contrato.
• En el pago de sumas de dinero por importes iguales o superiores a 3 UIT producto de las siguientes operaciones:
a) Constitución o transferencia de derechos reales sobre bienes inmuebles.
b) Transferencia de propiedad o constitución de derechos reales sobre vehículos.
c) Adquisición, aumento y reducción de participación en el capital social de una persona jurídica.
Asimismo, se estableció las obligaciones que corresponden a los Notarios, Jueces de Paz, Contratantes y Registradores, respecto de la verificación de los medios de pagos en referencia.
En cuanto a la modificación del Decreto Legislativo 1053, se incorporó obligaciones e infracciones sancionables aplicables a los operadores de comercio exterior y terceros vinculados.
(Ley N° 30730, publicada el 21 de febrero de 2018).