Jurisprudencia: Deber de Probar Intimidación Laboral para Reposición
Informamos que la Corte Suprema del Poder Judicial ha establecido un precedente jurisprudencial en materia laboral referido al deber de los trabajadores de probar la intimidación para renunciar, ejercida por parte de su empleador, en las demandas de reposición fundada en dicha causal.
En ese sentido, la Corte Suprema ha ratificado con ocasión de la Casación Laboral N° 17573-2016-LAMBAYQUE que solo existirá intimidación por parte del empleador para que el trabajador firme su renuncia siempre que éste último pruebe fehacientemente la existencia de tal acontecimiento.
A tales efectos, la sentencia en referencia ha desarrollado el concepto de “intimidación laboral”, así como los elementos esenciales que configuran dicho supuesto.
Cabe precisar que el citado órgano de justicia ha aclarado, respecto del caso en concreto, que la comunicación al trabajador acerca de la comisión de una infracción laboral no constituye un supuesto de intimidación laboral.
(Casación Laboral N° 17573-2016-LAMBAYEQUE, publicada 31 de mayo del 2018).