Exoneración de tasas de registro de marcas en zonas declaradas en emergencia
Mediante el Decreto Supremo N° 086-2017-PCM se faculta al Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual – INDECOPI a exonerar las Tasas Administrativas por el procedimiento de solicitud de Registro de Marcas Colectivas y asimismo, se simplifica procedimientos administrativos.
Se procederá a exonerar el cobro de la tasa por derecho de tramitación de los procedimientos de:
“Registro de Marcas de Productos, Servicios, Colectivas y de Certificación, Nombre Comercial y Lema Comercial”, contemplada en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de INDECOPI para las solicitudes de marcas colectivas, aplicable a favor de las asociaciones de productores, fabricantes, prestadores de servicios, organizaciones o grupos de personas, comunidades campesinas y comunidades indígenas, que domicilien o que su actividad económica se desarrolle dentro del ámbito geográfico de las zonas declaradas en emergencia por el Poder Ejecutivo en el primer semestre del año 2017 como consecuencia de los fenómenos climatológicos.”
Se ha emitido esta norma a fin de contribuir con la reactivación de la economía de las regiones afectadas por el Fenómeno El Niño Costero.
Adicionalmente, se reduce el plazo de la calificación de forma de la solicitud de registro de marcas de quince (15) a cinco (05) días hábiles y el plazo para emitir la resolución de obtención de la marca de ciento ochenta (180) a noventa (90) días hábiles.
(Decreto Supremo N° 086-2017-PCM, publicado el 28 de agosto de 2017)
Alerta 34-2017