Declaran jornada no laborable el día 22 de octubre

18/10/2017
B&V

Mediante D.S. N°019-2017-TR se ha declarado como jornada no laborable la correspondiente al día 22 de octubre del presente año (“Día del Censo” declarado mediante D.S. N° 076-2017-PCM). La referida jornada comprende las horas entre las  08:00 y las 17:00, siendo de aplicación a nivel nacional.

Asimismo, en atención a las características y necesidades de las labores ejecutadas, las horas no laboradas podrán ser recuperadas mediante acuerdo entre el empleador y el trabajador. A falta de dicho acuerdo, la decisión corresponderá al empleador. Se precisa además, que la recuperación de las horas no afectará el descanso semanal obligatorio del trabajador y, en ningún caso, se considerará como trabajo de sobretiempo.

Finalmente, se dispone que resultan exceptuadas de esta disposición normativa las personas que con carácter excepcional deban laborar el día 22 de octubre de 2017, de conformidad con el Art. 45 de las Normas para la Ejecución de los Censos Nacionales: XII de Población y VII de Vivienda y III de Comunidades Indígenas del Año 2017 (D.S N° 062-2017-PCM) y el Art. 1 de la Norma Técnica Censal N°002-2017-INEI.

(D.S. N° 019-2017-TR, publicado el 18 de octubre de 2017)

Alerta 50-2017