Adecuan Reglamento del IGV a Ley 30641
Informamos que, a través del D.S N° 342-2017-EF, el Ministerio de Economía y Finanzas modificó el Reglamento del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC), el D.S N° 122-2001-EF (que regula el Beneficio a Establecimientos de Hospedaje que presten servicios a Sujetos No Domiciliados) y el Reglamento de Notas de Crédito Negociables, este último aprobado mediante D.S N° 126-94-EF.
El objeto de esta disposición normativa es adecuar el Reglamento del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) a lo previsto en la Ley N° 30641 (Ley que fomenta la Exportación de Servicios y el Turismo). En tal sentido, se dispuso la modificación del Capítulo VIII del Título I (Disposiciones Generales) y la modificación del inciso g) del Art. 11-A (Definiciones) del mencionado Reglamento.
De otra parte, se resolvió incorporar el inciso k) al Art. 1 del D.S N° 122-2001-EF, así como modificar el Art. 1(Definiciones), el Art. 7(Prestación de los Servicios), el Art. 8 (Período de Permanencia) y el Art. 9 (Paquete Turístico) de este Decreto Supremo.
Finalmente, se dispuso la modificación del primer párrafo del Art.11 y la incorporación del Art. 11-A al Reglamento de Notas de Crédito Negociables (D.S N° 126-94-EF). Respecto de esta norma, se dispuso también la modificación del primer párrafo del Art. 12 y la incorporación del Art. 12-A.
El Decreto Supremo N° 342-2017-EF entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial “El Peruano”.
(Decreto Supremos N° 342-2017-EF, publicada el 22 de noviembre de 2017)